CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Sussy Vargas Mopi, mediante escrito de fs. 34 a 35 vta., interpuso demanda de usucapión decenal o extraordinaria contra Jorge Velasco Cuéllar; quien al no haber comparecido al proceso se le designó defensor de oficio a Napoleón Ojopi Cortez mediante Auto de 04 de noviembre de 2021, quien contestó a la demanda visible a fs. 79 y vta., en cuyo mérito el Juez Público Civil y Comercial 3° de la ciudad de Trinidad-Beni, pronunció la Sentencia N° 06/2022 de 17 de enero cursante de fs. 126 a 128, declarando PROBADA la demanda de usucapión.
2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Christian Miguel Camara Arratia en representación del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad mediante memorial de fs. 135 a 138 vta.; remitiendo el expediente ante la Sala Civil Mixta, de Familia Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, la cual emitió el Auto de Vista Nº 190/2022 de 05 de septiembre, cursante a fs. 137 y vta., que ANULÓ obrados hasta fs. 37 inclusive.
3. Notificadas las partes con el Auto de Vista, Sussy Vargas Mopi presentó el recurso de casación, cursante de fs. 162 a 164, que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
