CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ), por memorial de demanda que discurre de fs. 258 a 264, subsanado de fs. 332 a 339, 833 a 836 vta. y 848 a 851 vta., inició proceso ordinario de declaración judicial de existencia de deuda e intereses contra la Empresa Rural Eléctrica de La Paz S.A. (EMPRELPAZ), quien una vez citado, mediante memorial de fs. 935 a 938, contestó negativamente a la demanda, planteó excepción de improponibilidad de la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 195/2022 de 29 de marzo, que cursa de fs. 1154 a 1163, donde la Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ), mediante memorial cursante de fs. 1166 a 1167, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita la Resolución N° SO-411/2022 de 06 de septiembre cursante de fs. 1190 a 1197 y el Auto aclaratorio de 31 de octubre de 2022 a fs. 1200, el cual ANULÓ obrados hasta fs. 358.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ) según escrito visible de fs. 1203 a 1212; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
