POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación al art. 277-I del CPC-2013, determina la inadmisibilidad del recurso de casación de fs. 810 a 818, interpuesto por la Universidad Pública de El Alto, representada por su Rector Carlos Condori Titirico, a través de su apoderado Eduardo Bernal Días, declarándolo IMPROCEDENTE; por consiguiente, se declara la ejecutoria del Auto de Vista Nº 196/2022 de 16 de septiembre, de fs. 805 a 807, emitida por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Interviene en la suscripción de la presente Resolución, el Magistrado Carlos Alberto Egüez Añez de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a la convocatoria que antecede, ante la baja médica del Magistrado Titular de la Sala José Antonio Revilla Martínez.
Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
