POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursantes de fs. 271 a 272 y 274 a 281 vta., interpuesto por la Asociación de Periodistas de Chuquisaca representada por Riojan Wilson Uribe Llanquipacha; y Claudia Isabel ambas Paravicini De los Ríos representada por Víctor Hugo Montecinos López respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 008/2023 de 09 de enero, visible de fs. 258 a 267 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
