CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Edwin Rodolfo Ayaviri Calizaya por memorial de demanda que discurre de fs. 149 a 151 vta., inició proceso ordinario de cumplimiento de contrato de compraventa de vehículo motorizado contra Wendy Pamela Angles Córdova, quien una vez citada, mediante escrito de fs. 174 a 177, planteó incidente de nulidad de citación que fue rechazado a través de la Resolición de 12 de noviembre de 2019; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 191/2020, de 11 de diciembre, que cursa de fs. 329 a 332 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 29° de La Paz, declaró PROBADA en parte la demandada de fs. 149 a 151 e IMPROBADA respecto a la pretensión secundaria del pago de lucro cesante.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Wendy Pamela Angles Córdova, mediante memorial cursante de fs. 336 a 341 y la adhesión al recurso postulado por el demandante Edwin Rodolfo Ayaviri Calizaya obrante de fs. 346 a 350 vta., originó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 414/2022 de 03 de noviembre, cursante de fs. 430 a 435 vta., el cual REVOCÓ parcialmente la Sentencia Nº 191/2020, de 11 de diciembre; en consecuencia, declaró improbada la demanda de pago de lucro cesante y dispuso el pago de costas y costos del proceso, con el aditamento que en caso de incumplimiento en el plazo de tres días, el Juez A quo aplicará lo establecido en el art. 430.III del Código Procesal Civil.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Wendy Pamela Angles Córdova según escrito visible de fs. 437 a 443 vta.; y postulado por Edwin Rodolfo Ayaviri Calizaya a través del memorial de fs. 454 a fs. 459 vta.; recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
