III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
III.1. Recurso de Casación del Ministerio Público
La representación fiscal advierte que el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista impugnado, ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica en la tarea de verificar el interlógico y ejercer un control sobre la logicidad deducida, debió vincular su razonamiento base de su decisión, motivando y fundamentando debidamente, señalando las partes sustanciales del decisorio, haciendo los errores lógico jurídicos que proporcionaron la solución; circunstancia que en el presente caso no ha sido cumplido, en contradicción al precedente contenido en los Autos Supremos 214/2007 de 28 de marzo y 257/2006 de 1 de agosto.
III.2. Adhesión del Ministerio de Gobierno
A tiempo de adherirse plenamente al recurso de casación del Ministerio Público, deduce vulneración al debido proceso en su vertiente de falta de fundamentación, motivación y errónea valoración de prueba en el Auto de Vista 07/2022 de 7 de marzo, toda vez que el Tribunal de alzada convalida la vulneración de la Sentencia que fue reclamado en apelación restringida.
