III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Señala el recurrente que, declarar inadmisible su apelación restringida interpuesto, con el fundamento central de no haberlo formulado correctamente pese a las observaciones realizadas por el Tribunal de alzada, incurre en violación al debido proceso, en su vertiente derecho a recurrir de los fallos, máxime, si la exigencia del Tribunal de alzada versaba, en no haber formulado correctamente el recurso, y tampoco haber hecho cita de las normas vulneradas, aseveración que no es evidente, considerando, que en el memorial de recurso se identificó claramente las normas vulneradas, como el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), con relación al 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), explicitando claramente la falta de motivación y fundamentación de la Sentencia.
