AS/0226/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0226/2023

Fecha: 17-Mar-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Luisa Soria Urquizo Poma representada legalmente por María Virginia Soria Urquizo, por memorial de fs. 18 a 21 vta., subsanado de fs. 27 a 30 vta., inició el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, acción negatoria más daños y perjuicios contra Mary Lanza Rodríguez, quien una vez citada, según escrito de fs. 47 a 48 vta., respondió de forma negativa a la demanda y opuso excepciones; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 112/2021 de 10 de noviembre, cursante de fs. 528 a 533 vta., en el que el Juez Público Civil, Comercial y de Sentencia de Coroico-La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda sobre mejor derecho y reivindicación e IMPROBADA sobre la acción negatoria más los daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Mary Lanza Rodríguez, mediante memorial cursante de fs. 536 a 541, dio lugar a que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 377/2022 de 13 de octubre, corriente de fs. 566 a 571, que CONFIRMÓ la Sentencia impugnada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido mediante recurso de casación cursante de fs. 580 a 585 vta., interpuesto por Mary Lanza Rodríguez, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.