AS/0235/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0235/2023-RA

Fecha: 20-Mar-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Valentina H. del Río Pinto de Gonzales, Ana María del Río Pinto de Saavedra y Elena Marcelina Vedia del Río de Paniagua por memorial de fs. 60 a 62, iniciaron proceso ordinario de división y partición de bien inmueble hereditario y prescripción del plazo para aceptar la herencia contra Pedro Vedia del Río y posibles herederos de Tomás H. del Río y personas desconocidas con igual o mejor derecho quienes una vez citados; el primero, mediante escrito de fs. 112 a 120 vta., contestó en forma negativa a la demanda y opuso demanda reconvencional de prescripción de derecho de aceptar la herencia, consiguiente cancelación de inscripción de declaratoria de herederos en Derechos Reales y prescripción de la acción de petición de la herencia; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 186/2022 de 26 de octubre, cursante de fs. 2290 a 2306, en la que el Juez Público Civil y Comercial 3° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA la demanda principal e IMPROBADAS las demandas reconvencionales presentadas en el escrito de fs. 112 a 120 vta.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Pedro Vedia del Río, según memorial cursante de fs. 2312 a 2316, dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 029/2023 de 31 de enero, cursante de fs. 2333 a 2339, que CONFIRMÓ totalmente la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Pedro Vedia del Río, según escrito de fs. 2348 a 2352 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.