III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente manifiesta que el Tribunal de alzada anuló la sentencia bajo el argumento de carencia de fundamentación de la misma, que no existió, cuando contrariamente el Tribunal de Sentencia explicó de forma clara, fundamentada y coherente, basándose en los hechos probados y no probados, estableció su absolución, aspectos inobservados y desconocidos en el Auto de Vista impugnado; en estos antecedentes, acusa que el Tribunal de alzada no fundamentó ni motivó porqué debe anularse la Sentencia y desconoce los principios de legalidad y verdad material, reconocidos en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), contraviniendo el derecho al debido proceso y lo establecido en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
