AS/0269/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0269/2023-RA

Fecha: 17-Mar-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente explica que no se demostró el Suministro de sustancias controladas, siendo el ilícito correcto el de Consumo ya que la cantidad encontrada no genera ganancias con respecto a las sustancias encontradas y que de la revisión de antecedentes se advertiría que la Sentencia no cuenta con una debida fundamentación y motivación, incurriendo al mismo tiempo en una defectuosa valoración de la prueba y en los defectos previstos en los núms. 1, 2, 5 y 6 del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP); añade que la Sentencia vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa, debido a que no se valoró las pruebas ya que las mismas acreditarían que se dedicaba al consumo habitual de sustancias controladas. Bajo estos antecedentes sostiene que, el Tribunal de alzada no se pronunció sobre las cuestiones planteadas y que bajo el principio de verdad material y presunción de inocencia, debía anular la Sentencia, conforme lo descrito en el art. 413 del CPP, a consecuencia de que fue condenado injustamente a 8 años.

Cita los Autos Supremos (AS) 317 de 13 de junio de 2003, 65/2012-RA de 19 de abril, 219/2013 de 30 de julio, 123/2013 de 29 de abril, 423/2013 de 13 de septiembre y 103/2013 de 10 de abril.