AS/0337/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0337/2023-RA

Fecha: 05-Abr-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

La recurrente en el recurso de casación planteado contra el Auto de Vista Nº

04/2023, manifiesta que el Tribunal de Alzada incurre en falta de fundamentación y motivación, ya que en referencia a los agravios denunciados en apelación restringida sobre los defectos de Sentencia, relativos a que la Sentencia adolece de inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva, inexistencia o insuficiente fundamentación de la Sentencia, inobservancia de la Ley Procesal Penal y la valoración defectuosa de la prueba y la existencia de contradicción en la Sentencia, establecidos en el art. 370 núms. 1), 5), 6) y 8) del Código de Procedimiento Penal (CPP); se limitó a realizar una consideración subliminal al limitarse a la valoración de la prueba codificada como MP-D-18 y a la declaración de la testigo Rebeca Castro Illanes; además, de realizar una errónea subsunción del imputado respecto a los hechos acusados. Asimismo, alega que los fundamentos del Auto de Vista recurrido no tienen coherencia con la Sentencia, violentando así el art. 124 del CPP pues la fundamentación del Auto de Vista es insuficiente y contradictoria, al carecer de una justificación racional sobre lo resuelto, ya que al momento de realizar el análisis de lo denunciado en apelación restringida no considera lo argumentos legales, agravios y derechos fundamentales de la víctima, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 630/2012 de 28 de noviembre.