POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA en parte el Auto de Vista N° 141/2022 de 30 de noviembre, de fs. 83 a 86, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
En ese entendido, sobre la base de los fundamentos de la presente resolución, y lo solicitado por la parte recurrente, la liquidación final queda establecida de la siguiente manera:
Fecha de ingreso: 01/12/2017
Fecha de retiro: 03/09/2020
Tiempo de servicios: 2 años, 9 meses y 2 días
Forma de retiro: Despido indirecto
Sueldo promedio indemnizable: Bs4.587,70
Indemnización: 13.763,10
Desahucio: 12.641,3
Sueldos devengados:
Marzo 2020: 2.887,7
Abril a agosto de 2020: 22.938,5
Dos días de septiembre: 305,84
Duodécimas de aguinaldo 2020 (8 meses u 3 días): 3.095,7
Multa por incumplimiento de pago de aguinaldo: 3.095,7
TOTAL A PAGAR: Bs58.727.8
Son, cincuenta y un mil ciento noventa y ocho 44/100 Bolivianos, que debe cancelar la Empresa ECOJET SA, en favor de Luis Miguel Ramallo Real, al tercer día de ejecutoriado el presente Auto Supremo, más la actualización en UFV´s, prevista por el DS N° 28699, que deberá liquidarse ante el Juez de primera instancia. Sin costas.
Sin multa por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
