CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Ángel Alfonzo Torrico Céspedes y Norma Villavicencio Siles mediante memorial de demanda cursante de fs. 159 a 165 vta., promovieron proceso ordinario de nulidad de documentos, restitución de dineros cancelados en proceso ejecutivo más pago de daños y perjuicios contra Inés Torrico Céspedes, quien una vez citada, según escrito de fs. 236 a 240 vta., contestó a la demanda de manera negativa, pero fuera de plazo; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia de 13 de agosto de 2018, que cursa de fs. 313 a 316, en la que el Juez Público Mixto Civil, Comercial, de la Niñez, Adolescencia y Sentencia Penal 2° de Punata – Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Ángel Alfonzo Torrico Céspedes y Norma Villavicencio Siles, por memorial de fs. 328 a 332 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 28 de marzo de 2022, saliente de fs. 390 a 393, que declaró como INADMISIBLE la apelación interpuesta por Valentina Torrico Centellas, y CONFIRMÓ la Sentencia de 13 de agosto de 2018.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ángel Alfonzo Torrico Céspedes y Norma Villavicencio Siles, según escrito visible de fs. 409 a 413, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
