POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en cumplimento de la Resolución Constitucional N° 014/2023 de 22 de marzo y con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 118 a 124, interpuesto por Trinidad Noco Semo, contra el Auto de Vista N° 231/2022 de 29 de septiembre, corriente de fs. 113 a 114, pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni y dispone la causa ingrese a ulterior sorteo para la resolución de fondo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
