AS/0470/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0470/2023-RA

Fecha: 30-May-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso.

1. Con base en el memorial de demanda de fs. 159 a 163 vta., modificado a fs. 167, Alberto Choque Chuca inició proceso ordinario de reivindicación, acción negatoria y pago de daños y perjuicios contra Feliciano Caricari Mamani, Josefina Quecaña Moya de Caricari, Florencio Condori Mamani y Laura Mamani Achomiro de Condori, quienes una vez citados, contestaron a la demanda mediante memorial de fs. 189 a 191 vta., desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 21/2020 de 6 de noviembre, cursante de fs. 610 a 619; por la que la Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Llallagua - Potosí, declaró PROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que, puesta en conocimiento de las partes, ameritó que Feliciano Caricari Mamani y Josefina Quecaña Moya de Caricari interpongan recurso de apelación, mediante memorial de fs. 631 a 635 vta.; de esta manera, la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista Nº 14/2023 de 17 de marzo, cursante de fs. 680 a 682 vta., por el cual declaró INADMISIBLE el recurso de apelación.

3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Feliciano Caricari Mamani, por escrito de fs. 702 a 705, y por los herederos de Josefina Quecaña Moya de Caricari; Estanislao, Josué Richard, Michel Ángel, Olga, Johnny, Juan Carlos, Sonia, Fidel Rubén y Miguel Ángel todos de apellido Caricari Quecaña, mediante memorial de fs. 715 a 718, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.