POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 1093 a 1099, deducido por Blanca Ayda Aramayo Ordoñez, en representación legal de Julio Aramayo Guerrero y Aurora Ordoñez de Aramayo. Con costas y costos a la recurrente.
Se califica los honorarios del profesional abogado en la suma de Bs. 1.000.- que mandará pagar el Tribunal Ad quem.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Magistrado Relator M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
