II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 30/2020 de 20 de noviembre (fs. 791 a 801), el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Evo Clemente Paco, autor de la comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del CP, imponiendo la pena de doce años de privación de libertad, con costas a ser calificadas en ejecución de sentencia en favor de la víctima; y, absuelto con relación a la comisión del delito de Asesinato previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 350 a 362 vta.), resuelto por Auto de Vista 43/2022 de 20 de junio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
