ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 9/2021 de 13 de abril (fs. 29 a 36 vta.), la Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Juan Jorge Chinchilla García, autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008, “en la modalidad de poseer dolosamente, transportar entregar y/o realizar transacciones a cualquier título” (sic), imponiendo la pena de quince años de presidio, además del pago de 10.000 días multa a razón de 0.20 centavos por día a favor del Estado.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Jorge Chinchilla García interpuso recurso de apelación restringida (fs. 44 a 55), resuelto por Auto de Vista 88/2022 de 9 de septiembre, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, con costas.
