AS/0565/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0565/2023-RA

Fecha: 23-May-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente manifiesta los siguientes motivos:

Alega la vulneración al principio de publicidad, derecho a la defensa, derecho a la petición y seguridad jurídica, toda vez que formulado su recurso de apelación restringida, no fue notificado menos su abogado con el decreto de 17 de febrero de 2022, decreto que observó su recurso de apelación restringida, por lo que sin poner a conocimiento de la defensa del recurrente el tiempo otorgado para subsanar los errores, el Tribunal de Alzada resolvió el citado medio de impugnación.

Refiere que el Tribunal de Sentencia incurre en errónea valoración de la prueba, en atención a lo establecido en el art. 370 núm. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que el Tribunal de Sentencia al realizar la valoración de las pruebas signadas MP-1 a MP-9, consistente en la declaración informativa de la víctima y de la testigo, no realizó una valoración correcta de las pruebas mencionadas en apego a la sana crítica, declarando al recurrente autor del delito de violación con agravantes; sin embargo, el recurrente refiere que los agravantes no concurren, toda vez que la víctima no estuvo inconsciente, por lo que se vulnera el derecho a la petición, a la seguridad jurídica y a una justicia imparcial, invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 432/2006 de 11 de octubre, 214/2007 de 28 de marzo y la Sentencia Constitucional 1075/2003.