III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Los recurrentes manifiestan que el Auto de Vista recurrido no se pronunció adecuadamente respecto a lo denunciado en apelación restringida; respecto a que la Sentencia no precisa de forma detallada cuál es la participación de cada uno de ellos en el delito que se les atribuye, en relación al tiempo, modo, lugar y la subsunción de su conducta al delito atribuido, ya que en la acusación particular se formuló por la comisión del delito de Despojo y la Sentencia en su parte resolutiva declara autores a los recurrentes del delito de Perturbación de la Posesión, por lo cual alegan la transgresión del art. 363 (Congruencia) del Código de Procedimiento Penal (CPP), invocando como precedentes los Autos Supremos 119/2003 de 8 de marzo, 312/2003 de 13 de junio, 314/2003 de 13 de junio y 593/2003 de 26 de noviembre.
