POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184–1 de la CPE y el art. 42–I–1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por “La Paz” Entidad Financiera de Vivienda, representado legalmente por Francisco Erick Iriarte Segaline cursante a fs. 536 a 547; consecuentemente, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 140/2022 SSA–II de 5 de julio, de fs. 532 a 534, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
