POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado, 42-I núm. 1 de la Ley del Órgano Judicial y 277-I del CPC-2013, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 331 a 334, formulado por el Colegio Inglés Católico, representado por Javier Guachalla Rodríguez y Genell Guachalla Escobar; en consecuencia, declara la ejecutoria de Auto de Vista N° 207/2022 de 30 de noviembre emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en sujeción al art. 277-II del Adjetivo Civil citado, ADMITE el recurso de casación de fs. 337 a 340, interpuesto por Lidia Felicidad Campos Bacarreza, por intermedio de Rodrigo Maidana Uría; disponiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
