CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Vicenta Blanco Choque de Patty por escrito cursante de fs. 21 a 23, subsanado de fs. 63 y vta., inició proceso de determinación de bienes gananciales contra Lorenzo Patty Condori, quien una vez citado y emplazado, se apersonó conforme memorial de fs. 116 a 117 vta., contestando negativamente en parte a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 08/2023 de 19 de enero, que sale de fs. 301 a 304 vta., en la que la Juez Público de Familia 5º de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la demanda principal, en consecuencia estableció como bienes gananciales y obligaciones los adquiridos dentro del matrimonio.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Lorenzo Patty Condori, según memorial saliente de fs. 307 a 309 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 113/2023 de 14 de abril, corriente de fs. 330 a 335, que CONFIRMÓ la Sentencia N° 08/2023 de 19 de enero.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lorenzo Patty Condori, mediante memorial de fs. 338 a 340, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
