CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso.
1. Mediante memorial de demanda de fs. 37 a 45, Nelson Rolando Marín Condarco inició proceso ordinario de reivindicación contra Jhonny Carlos Callejas Capurata, quien una vez citado, contestó a la demanda, mediante memorial de fs. 119 a 125, desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 119/2022 de 28 de noviembre, cursante de fs. 310 a 319; por la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró PROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que, puesta en conocimiento de las partes, ameritó que Grover Bernardo Álvarez Quina en representación de Jhonny Carlos Callejas Capurata, interponga recurso de apelación mediante memorial de fs. 323 a 326 vta.; de esta manera, la Sala Civil, Comercial, de Familia Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 116/2023 de 17 de abril, cursante de fs. 347 a 354, por el cual CONFIRMÓ la Sentencia.
3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Grover Bernardo Álvarez Quina en representación de Jhonny Carlos Callejas Capurata, mediante memorial de fs. 357 a 360, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
