III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 065/2023-RA de 20 de enero emitido en la presente causa, corresponde el análisis de fondo, del siguiente motivo:
Denuncia la existencia de defecto absoluto en el Auto de Vista impugnado, por vulneración al debido proceso en sus vertientes de tutela judicial efectiva, derecho a recurrir, legalidad procesal, seguridad jurídica y derecho a la defensa, al determinar que en su recurso de apelación restringida, no hizo fundamentación de agravios, ni cumplió con las exigencias del art. 408 del CPP, limitándose únicamente a hacer una impugnación sobre la valoración de las pruebas; manifiesta que los elementos de prueba en base a los cuales fue declarado culpable, inobservaron las condiciones previstas en la CPE, convenciones internacionales, incurriendo en los defectos de nulidad determinados en el art. 169 núm. 3) del CPP.
