POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art. 125 del CPP, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la solicitud de aclaración del Auto Supremo 331/2023-RRC de 23 de marzo, solicitada por Bernardo Agustín Navas Mirabal
Al otrosí.- Por Secretaría, bajo constancia.
Regístrese y hágase conocer.
FDO.
M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
