AS/0747/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0747/2023-RA

Fecha: 26-Jun-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente explica que, en su recurso de apelación restringida hizo notar que el Ministerio Público no presentó sus pruebas dentro del término establecido por el art. 340 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Indica que la fiscalía presentó las pruebas después de la emisión del Auto de apertura de juicio y el Tribunal de Sentencia admitió las pruebas aplicando el principio de informalidad previsto en el art. 5 de la Ley 348, con un voto de negativa por un Juez técnico quien consideró que la presentación extemporánea vulneró el art. 340 del CPP; y, según el recurrente la presentación de las pruebas del Ministerio Público precluyó por lo que el juicio oral se llevó sin una sola prueba literal menos testifical; añadiendo que el Tribunal de Sentencia no mencionó estos aspectos pues la prueba aportada sería insuficiente para una Sentencia condenatoria. Bajo estos antecedentes señala que el Auto de Vista no efectuó un control en la valoración de la prueba de cargo y de descargo, ya que no se fundamentó ni motivó el por qué el acto de la autoridad tiene su apoyo en la disposición legal, señalando que la apreciación de la prueba es incoherente, pues las pruebas de la fiscalía fueron excluidas por su presentación extemporánea.

Invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo (AS) 025 de 4 de febrero de 2010.