POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el Art. 184.1 de la CPE y el Art. 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 231 a 235, interpuesto por Jorge Anzaldo Avendaño, contra el Auto de Vista Nº 248 de 25 de noviembre de 2023, de fs. 214 a 219, emitido por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, manteniendo firme el Auto de Vista impugnado. Con costas y costos.
Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs. 2000.- que mandará pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
