POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el Auto de Vista N° 52/2023 de 21 de abril, de fs. 168 a 179, emitido por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y deliberando en el fondo, declara PROBADA la demanda de reincorporación de fs. 23 a 26, interpuesta por Marianela Cristina Garnica, disponiendo que el GAM de Oruro, reincorpore a la actora, a su fuente laboral, al mismo cargo que ostentaba al momento de ser cesada en sus funciones y proceda al pago de sus sueldos devengados, desde la fecha de presentación de la demanda de reincorporación hasta su reincorporación efectiva, previo juramento de Ley, de no haber percibido ingresos en otra actividad pública o privada, durante la cesantía; bajo penalidad y su responsabilidad.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 y 52 del DS N° 23215 de 22 de junio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
