AS/0680/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0680/2023-RA

Fecha: 13-Jul-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. David Mancilla Camacho, mediante memorial de fs. 134 a 138 vta., subsanada de fs. 164 a 166, promovió el proceso ordinario de nulidad de contrato de cancelación de préstamo de dinero con garantía hipotecaria y cancelación de inscripción del asiento C-7 y reposición del gravamen hipotecario del asiento B-8 contra la Empresa Capital Privado Inmobiliario S.R.L., quien una vez citado, contestó allanándose a la demanda, según escrito de fs. 267 a 270; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de Sentencia Nº 270/2023 de 02 de septiembre, cursante de fs. 476 a 480 vta., por medio de la cual la Juez Público Civil y Comercial 28° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró por PROBADA la demanda principal; en consecuencia, declaró NULO e INEFICAZ la Escritura Pública N° 526/2018 de 17 de abril, relativo a la protocolización de cancelación de préstamo de dinero con garantía hipotecaria realizada por David Mancilla Camacho y Ángel Esteban Castellanos Costas.

2. Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por ambos sujetos procesales la Empresa Capital Privado Inmobiliario S.R.L., mediante escrito de fs. 501 a 513, y Ángel Esteban Castellanos Costas, por memorial de fs. 580 a 583, que originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 04/2023 de 03 de febrero, cursante de fs. 611 a 618 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 270/2023 de 02 de septiembre, cursante de fs. 476 a 480 vta.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por los recursos de fs. 637 a 655, y de fs. 6962 a 664 vta., interpuesto por la Empresa Capital Privado Inmobiliario S.R.L., y Ángel Esteban Castellanos Costas, recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.