AS/0825/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0825/2023-RA

Fecha: 04-Jul-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente denuncia: “IMPUGNA AUTO DE VISTA POR CONSTITUIR UN RECURSO DE VIOLACION DE DERECHOS CONSTITUCIONALES Y GARANTIAS PROCESALES POR INOBSERVANCIA DE LA LEY ADJETIVA PENAL… INOBSERVANCIA DEL PRINCIPIO DE LA LIBRE APRECIACION DE LA PRUEBA… INOBSERVANCIA DE LA NORMA SUSTANTIVA (sic) toda vez que “el Tribunal Ad-Quen en el Considerando del primer motivo del recurso del Auto de Vista, admite textualmente que el Tribunal Ad-quo…, sin embargo de ello declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por nosotros… El Tribunal Ad-Quen, señala que el segundo motivo no es evidente que el Tribunal inferior haya incurrido en valoración defectuosa de la prueba, habiendo dado estricta aplicación al art. 354 del Código de Procedimiento Penal… El Auto de Vista se refiere a que el Tribunal inferior para fijar una sentencia condenatoria de 16 años sólo ha observado el volumen del Ministerio Publico y no así otras circunstancias que debían ser tomadas en cuenta (sic).

En calidad de precedentes contradictorios invoca a los Autos de Vista 176/04 de 24 de agosto de 2004, de 12 de mayo de 2005 y de 16 de julio de 2004, emitidos por las Salas Penales del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.