AS/0839/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0839/2023-RA

Fecha: 04-Jul-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente refiriéndose a cuestiones de la Sentencia y manifestando que en su recurso de apelación denunció que la misma se basó en valoración defectuosa de la prueba, particularmente en la prueba documental PD-11 (Informe Psicológico), acusa que el Tribunal de alzada en la fundamentación fáctica del punto N° 6 del Auto de Vista impugnado, emitió una incorrecta determinación judicial, al pretender establecer la prueba documental PD-11 (Informe Psicológico) como una prueba tasada, vulnerando de tal forma lo previsto en el art. 116.I de la Constitución Política del Estado(CPE) en relación la presunción de inocencia, generando una incertidumbre jurídica al pretender establecer su culpabilidad únicamente por el Informe Psicológico y en base a hechos que no fueron probados en juicio, lo que vulnera su derecho al debido proceso en su elemento seguridad jurídica y legalidad e indubi pro reo; en tal motivo, afirma que existió incorrecta valoración de la prueba PD-11, utilizada como única prueba para pretender su culpabilidad dentro del falso hecho delictivo endilgado a su persona.

Sobre el punto invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 374/2017-RA de 29 de mayo.