III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
III.1. Recurso de Casación de Samuel Forra Inta
Previa relación de antecedentes procesales, el recurrente arguye que denunció defectos de la sentencia por falta de enunciación del hecho; manifestando que, la sentencia y el Auto de Vista carecen del lugar preciso de los hechos, dado que AAA y la denunciante señalaron como lugar a la Comunidad Jancoaqui Tana Bajo, domicilio de Luciano Forra y Rufina Inta y no así la Comunidad Corpa o domicilio de Julio Forra Inta, tío de la víctima, como indica la acusación particular y pública, además de todas las declaraciones de los testigos referenciales ofrecidos, en la entrevista de la Cámara Gessel en la que según el recurrente se denotó la falta de precisión en cuál de las Comunidades hubiera sucedido el hecho, vulnerando su derecho a la defensa dando validez al Tribunal de sentencia cuando el mismo no determinó el objeto del juicio art. 360 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Asimismo, denunció el recurrente defecto absoluto de la sentencia por defectuosa valoración de la prueba, arguye que el Tribunal de Alzada violó el art. 370 inc. 6) del CPP; toda vez, que el recurrente señaló en su apelación restringida que no se acreditó su autoría del delito que se le atribuye; puesto que, no existe prueba alguna que le incrimine existiendo incongruencia en los informes, registros y atestaciones de los testigos de cargo, dado que serían referenciales y no directas, lo que no se constituye en plena prueba, vulnerando su derecho a la presunción, a la defensa y a la debida fundamentación; no obstante, el Auto de Vista no valoró varios aspectos del imputado denunciados en su apelación restringida.
En cuanto al defecto y contradictoria fundamentación de la sentencia, manifiesta que en su apelación restringida denunció que el Tribunal de sentencia incurrió en insuficiente y contradictoria fundamentación dado que no existe una relación de hechos suficiente limitándose hacer una copia de las declaraciones testificales, sin valorar ni motivarlas en su fundamento; además indica que existe una inadecuada subsunción del delito de Abuso Sexual.
El recurrente denunció en apelación restringida, la existencia de presunción de culpabilidad por errónea aplicación de la Ley sustantiva, manifiesta que el Tribunal de sentencia como el de Alzada no explicaron la acción típica que se podría constituir en Abuso Sexual, menos fundamentó su supuesto actuar doloso del imputado, basándose en suposiciones vulnerando su derecho a la presunción de inocencia, al debido proceso en su vertiente obligación que tienen los órganos judiciales de motivar y fundamentar sus resoluciones infringiendo el art. 370 inc. 1) del CPP.
III.2. Recurso de Casación de Oscar Forra Inta
De una relación de antecedentes procesales el recurrente indica que el Auto de Vista, anuló en su totalidad la sentencia al evidenciar que el Tribunal de mérito no ejerció su deber de valorar la declaración de la víctima y los hechos; por el contrario, simplemente se limitó a afirmar las contradicciones de la acusación y algunas pruebas, omitiendo observar que los presuntos autores de la supuesta agresión serían sus propios familiares; dicha decisión, le causa agravio al recurrente.
