II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 22/2016 de 29 de agosto (fs. 423 a 443), el Tribunal de Sentencia N° 5 del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juan Carlos Molina Coca, autor de la comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de ocho años y nueve meses de presidio.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Juan Carlos Molina Coca, formuló recurso de apelación restringida (fs. 510 a 526 vta.), resuelto por Auto de Vista 2012/2021 de 11 de junio, de fs. 550 a 560, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en cuya consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
