AS/0979/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0979/2023-RA

Fecha: 18-Jul-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente denuncia falta de fundamentación de la Sentencia, con referencia a las pruebas de cargo MP10, MP11 y MP12, toda vez que estas pruebas demuestran su inocencia y destruyen la acusación existiendo contradicción entre el certificado médico forense (MP10) y la declaración de la supuesta víctima (MP12), que son determinantes para establecer la verdad del hecho denunciado, puesto que la Sentencia debió ser fundamentado conforme al art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, el Tribunal de alzada convalidó la Sentencia vulnerando el derecho del debido proceso en su componente la falta de motivación o fundamentación que constituye violación al derecho del debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa prevista en el art. 115-II y 120-I de la Constitución Política del Estado (CPE), recayendo en defecto absoluto no susceptible de convalidación previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP.

Como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 537/2005 de 20 de diciembre y 179/2007 de 6 de febrero.

Manifiesta que la Sentencia se basa en hecho inexistente, no acreditado y valoración defectuosa de la prueba, en razón de que los arts. 116-I CPE y 6 CPP, establecen que la carga de la prueba corresponde a la parte acusadora quién debió demostrar la comisión del delito, extremo que no cumplió, además de concurrir en el caso una defectuosa valoración de la prueba MP10, MP11 y MP12, que reflejan que no hubo lesión alguna, lo que demuestra que el hecho denunciado no existe, puesto que la declaración de la víctima no tiene credibilidad sólo un interés económico; empero, el Tribunal de alzada no se pronunció sobre el agravio denunciado, por lo que existe defectuosa valoración de la prueba omitiendo aplicar las reglas de la sana crítica vulnerando lo previsto por el art. 173 del CPP.

Como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005, 357/2012 de 28 de noviembre, 313/2014-RA de fecha 7 de octubre, 176/2013-RRC de 24 de junio y 123/2015-RRC de 24 de febrero.