III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
III.1 Recurso de casación del Ministerio de Educación.
La Sentencia Nº 33/2015 declara la absolución en favor de Idavil Sandro Gonzáles Gutiérrez sin considerar de manera fundamentada las pruebas aportadas y judicializadas por el Ministerio Público consistentes en MP6 – informe psicológico preliminar, MP7 – informe psicológico y MP8 – informe pericial psicológico, que son relevantes en el presente caso. Con aquella documentación se tiene la declaración de la menor de edad en relación al hecho acusado, mismas que son consideradas a los fines de evitar la revictimización, ponderando su derecho a la dignidad humana, protección de su honra, integridad física, psicológica y moral, además de precautelar la niñez, conforme a la normativa procesal. Cita como precedente contradictorio el AS 832/2017-RRC de 30 de octubre.
III.2 Recurso de casación de la Dirección Departamental de Educación de Cochabamba.
La Sentencia Nº 33/2015 no tomó en cuenta los argumentos de la fundamentación conclusiva de su parte, como tampoco de la documentación científica desfilada en el juicio oral. Con relación a la valoración de las documentales de cargo, las pruebas MP1, MP3, MP4, MP5, MP5, MP6, MP7 y MP8, el Tribunal concluye que no son consideradas relevantes, pues no se hicieron presentes a los fines de reforzar o ratificar las valoraciones efectuadas; por lo que, existió una mala apreciación de la ley sustantiva, hecho que constituye causal de casación contra la Sentencia Nº 33/2015.
