POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el Art. 184.1 de la CPE y el Art. 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 189 a 191, interpuesto por la Empresa Inmobiliaria Tierra y Techo, representada por Oscar Gadea Coimbra; en consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 06/2023 de 6 de febrero de fs. 182 a 186, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora en Bs.2.000.- (Dos Mil 00/100 Bolivianos), que manda a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
