POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 850 a 855, interpuesto por Crispín Santos Huanaco representado por Felisa Huanaco Santos Vda. de Renjifo y Ruth Sara Renjifo Huanaco contra el Auto de Vista Nº 46/2023 de 19 de abril, corriente de fs. 845 a 847 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
