POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, se ADMITE el recurso de casación de fs. 383 a 387 vta., interpuesto por Juan Bautista Ramos Chávez, Wilma Lourdes y Juan Freddy, los dos últimos de apellidos Ramos Flores contra el Auto de Vista N° 256/2023 de 29 de mayo, corriente de fs. 377 a 380 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
