AS/0803/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0803/2023-RA

Fecha: 14-Ago-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. La Sociedad Bisa Seguros y Reaseguros S.A. representada legalmente por Erwin Jesús Justiniano Álvarez y Fátima Melgar Cuellar, por memoriales de demanda cursante de fs. 81 a 89 vta. y fs. 416 a 427, reiterado a fs. 451 y vta., promovió proceso ordinario de acción de repetición más pago de daños y perjuicios y pago de honorarios de ajusta para determinar el pago de siniestro; pretensiones que fueron interpuesta contra la empresa transportadora Rohling Transporte y Logística S.A.; quien una vez citada, a través de su representante legal Ronny Ronald Rivas Arandia, por memorial obrante de fs. 187 a 195 vta. y fs. 524 a 534 vta., interpuso excepción de incompetencia por cláusula arbitral y falta de legitimación pasiva, y contestó negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 30/2022, de 14 de febrero, que cursa de fs. 635 a 641, donde la Juez Público Civil y Comercial 18° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda de acción de repetición más pago de daños y perjuicios, únicamente en lo que respecta al pago realizado en favor de Agricolor Gráfica SRL en la suma de $us. 12.585,60, más los daños y perjuicios en el porcentaje del 6% anual desde el día de la mora, es decir, desde el 21 de junio de 2021, e IMPROBADA en cuanto a la pretensión de cobro de honorarios, inspección, análisis y ajuste, gastos, impuestos y honorarios de los abogados patrocinantes por iguala. Con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por la empresa demandada Rohlig Transporte y Logística S.A., representada por Gloria Portugal, según memorial de fs. 643 a 649 vta., originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 49/2023, de 15 de mayo, que cursa de fs. 673 a 675, por el que CONFIRMÓ la sentencia apelada. Con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por la empresa demandada Rohlig Transporte y Logística S.A. representada legalmente por Ronald Ronny Rivas Arandia, mediante memorial de fs. 728 a 745, que es objeto de análisis respecto a los requisitos de admisibilidad.