III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 705/2023-RA de 16 de junio, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El recurrente acusa que, el Auto de Vista impugnado viola el debido proceso al haber incumplido lo establecido en el art. 398 del CPP, debido a que, el Tribunal de alzada en su argumentación hizo manifestaciones que se encuentran alejadas de la realidad y de los fundamentos de la Sentencia, relacionados a los presuntos defectos de sentencia previstos en el art. 370 núms. 5) y 6) del CPP, particularmente sobre una presunta falta de valoración o valoración defectuosa de la prueba denunciado en el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público; afirmaciones falsas y alejadas de la verdad histórica de los hechos demostrados y no demostrados en juicio oral, trasuntados en Sentencia, en la que se estableció de manera clara y objetiva el valor otorgado a cada elemento probatorio, lo que motivó al Tribunal de Sentencia a emitir una resolución absolutoria; consiguientemente, acusa que, el Tribunal de alzada emitió una resolución sin la debida fundamentación, contrario al ordenamiento jurídico y con falta de verdad material, argumentando que no se valoró las pruebas, siendo esta afirmación falsa y temeraria a la luz del contenido de la fundamentación de la Sentencia, vulnerando de esta forma el derecho al debido proceso.
