II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia N° 06/2021 de 4 de febrero (fs. 194 a 201), el Juzgado de Sentencia Nº 8 del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Raúl Henry Rodríguez Ríos, autor y culpable de la comisión de los delitos de Ejercicio Indebido de la Profesión y Estafa, previstos y sancionados por los arts. 164 y 335 del CP, imponiendo la pena de cuatro años de privación de libertad y pago de 150 días equivalente a Bs. 3.- por día, con costas y reparación del daños y perjuicios.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Raúl Henry Rodríguez Ríos formuló recurso de apelación restringida (fs. 224 a 229 vta.), resuelto por Auto de Vista 041/2023 de 17 de mayo, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en su mérito, confirmó la Sentencia apelada; asimismo, fue rechazada la solicitud de explicación a la Resolución de alzada, conforme se tiene del fallo de 1 de junio de 2023 (fs. 323).
