III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 764/2023-RA de 26 de junio, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.
Violación al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación jurídica, en relación al punto 8 de la apelación restringida, bajo el fundamento que el Tribunal de alzada no estableció de manera específica la motivación y fundamentación jurídica congruente en relación a la incorrecta valoración jurídica realizada por el Juez en relación a la presunción de veracidad que realizó, amparándose en el art. 193 de la Ley 548 y el Auto Supremo 781/2017-RRC.
Acusa violación al debido proceso en su vertiente de valoración defectuosa de la prueba documental numero 6) – informe preliminar psicológico-, toda vez que el Tribunal de apelación no estableció de manera específica la motivación y fundamentación jurídica congruente en relación al punto observado referente a la incorrecta valoración jurídica realizada por el juez de instancia en relación al informe preliminar psicológico, en el cual señala únicamente en el considerando cuarto que el Tribunal de Sentencia valoró la prueba testifical, corroborado con el informe psicológico preliminar y el informe médico forense, sin emitir mayor criterio jurídico.
Para el efecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 374/2017-RA de 29 de mayo, 214 de 28 de marzo de 2007, 411 de 20 de octubre de 2006, 123/2015-RRC de 24 de febrero y 572/2015-RRC de 04 de septiembre.
