POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42-I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277-II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 492 a 498, interpuesto por Corina Rodríguez Vda. de Maldonado, contra el Auto de Vista N° S.C.C. II N° 370/2023 de 20 de noviembre, de fs. 469 a 477 vta., emitido por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
