AS/0040/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0040/2024-RA

Fecha: 31-Ene-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Lila Ramírez Rivera por memorial de demanda de fs. 77 a 82 vta., subsanado a fs. 86 y vta., promovió el proceso ordinario de nulidad contrato de compra venta más pago de daños y perjuicios contra Juana Andrea Rivera Llanos de Olguín, quien una vez citada, mediante escrito de fs. 113 a 118, respondió negativamente a la demanda e interpuso excepción de falta de legitimación activa o interés legítimo, mereciendo el Auto de 19 de enero de 2023, cursante a fs. 150 a 154, que declaró IMPROBADA tal excepción desarrollándose de esta forma la causa hasta la emisión de la Sentencia de 28 de febrero de 2023 que discurre de fs. 170 a 179, en la que la Juez Público Civil y Comercial 5º de la ciudad de Tarija, declaró PROBADA la demanda principal y en consecuencia dispuso: 1) la nulidad de documento privado de 23 de febrero de 2018 y una vez ejecutoriada la Sentencia se notifique a la Notaria de Fe Pública Nº 5, para su cancelación del documento referido; 2) la devolución de $us. 10.000 de la demandada a la demandante y; 3) Juana Andrea Rivera Llanos de Olguín deberá pagar por los daños y perjuicios de los intereses legales de la suma acordada en el contrato privado, mismo que corre desde la interposición de la demanda hasta la devolución de $us. 10.000.

2. Resolución y Auto de primera instancia que, al haber sido recurridas en apelación por Juana Andrea Rivera Llanos de Olguín, mediante memorial de fs. 180 a 189; originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita el Auto de Vista Nº 162/2023, de 10 de noviembre, cursante de fs. 217 a 220 vta., que CONFIRMÓ tanto el Auto como la Sentencia impugnados.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Juana Andrea Ricera Llanos de Olguín, mediante escrito de fs. 223 a 230, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.