AS/0041/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0041/2024

Fecha: 30-Ene-2024

III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Mediante memorial presentado el 11 de octubre de 2023, Nelson Ágreda Herbas propietario de la Empresa de Seguridad Nacional Empresarial SNE-VK, interpuso recurso de casación, exponiendo los siguientes argumentos:

Acusó la infracción de error de derecho en la apreciación de la prueba, al no haberse valorado la prueba documental a fs. 1 Recibo N 04575 de 5 de noviembre de 2020, firmado por Daniel Rojas Vargas, correspondiente al sueldo del mes de octubre de 2020; Recibo N4591 de 5 de enero de 2021, firmado por Richard Condori Llanos correspondiente al sueldo del mes de diciembre de 2020; Recibo N 4594 de 5 de enero de 2021, firmado por Vicente Dorado Vargas, correspondiente al sueldo del mes de diciembre de 2020; Recibo N 4593 de 5 de enero de 2021, firmado por el señor Irineo Umiña Alarcón correspondiente al sueldo del mes de diciembre de 2020, recibos que demuestran que se canceló un mes de salario de los demandantes, recibos que se encuentran debidamente firmados por los interesados, pero el Auto de Vista Manifestó, que estas literales no generan la convicción pretendida por el demandado.

El error de derecho en la apreciación de la prueba, es doctrinalmente entendido como una operación racional fallida negatoria del valor o la validez que otorga la Ley a determinada prueba o en contrario, atribuye valor legal a la que carece de ella. También se atribuye a esta categoría la inexacta ponderación jurídica respecto de la procedencia, fuerza y eficacia de un elemento probatorio.

Concluyó su argumentación solicitando se Revoque el Auto de Vista N 102/2023 de 29 de marzo de 2023; y se declare Improbada la demanda.

IV CONTESTACIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN

Mediante Decreto de 12 de octubre de 2023, (fs. 140), se corrió en traslado el recurso de casación interpuesto por la empresa recurrente, sin que los demandados Daniel Rojas Vargas, Richar Condori Llanos, Vicente Dorado Vargas, e Irineo Umiña Alarcón contesten el recurso de casación interpuesto.