III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
III.1. Del recurso de Mery Aliaga Hernández.
La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada emitió una resolución viciada de incongruencia omisiva al no otorgar respuesta a su reclamo de apelación referente al defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), es decir, la falta de valoración de todos los elementos probatorios; vulnerándose sus derechos a una resolución debidamente fundamentada, a la defensa y a la doble instancia.
En calidad de precedentes contradictorios invoca a los Autos Supremos 183 de 6 de febrero de 2007, 176 de 16 de julio de 2012 y 533 de 27 de diciembre de 2006.
III.2. Del recurso de Fidel Quispe Ticona.
El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada emitió una resolución viciada de incongruencia omisiva al no otorgar respuesta a sus reclamos de apelación referentes a los defectos de Sentencia previstos en el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP; es decir, la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva y que la sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba; vulnerándose sus derechos a una resolución debidamente fundamentada, a la defensa y a la doble instancia.
En calidad de precedentes contradictorios invoca a los Autos Supremos 688 de 4 de diciembre de 2013 y 515 de 16 de noviembre de 2006.
