II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 49/2017 de 12 de septiembre (fs. 140 a 149 vta.), el Tribunal de Sentencia Segundo de Quillacollo en el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Yasmani Christian Gutiérrez Negretty, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual, calificado según el art. 312 del CP, imponiéndole la pena de doce años de reclusión, más costas a favor de la víctima y el Estado
Paralelamente el citado Fallo, en el marco del art. 149 inc. e) del Código Niña, Niño y Adolescente, ordenó la dispensación -al ahora condenado- de tratamiento psicológico por un lapso sujeto a diagnóstico especializado; así de, la prohibición de vivienda, trabajo o estadía en “centros de esparcimiento y recreación para niños, niñas y adolescentes, unidades educativas o lugares en los cuales exista concurrencia de esa población” (sic).
II.2. Recurso de apelación restringida.
Contra aquella Sentencia, el imputado, en actuación de fs. 152 a 157 vta., promovió recurso de apelación restringida, que puesto a conocimiento de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, motivó la emisión del resuelto por Auto de Vista 159/2023-RAR de 15 de septiembre, declarando su improcedencia, manteniendo así incólume el Fallo impugnado.
