POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010 declara INFUNDADO el recurso de fojas 145 a 146, promovido por Danny Marcelo Rodas Vacaflor impugnando el Auto de Vista N° 12/2024 de 12 de febrero, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fojas 130 a 141), con costas y costos.
Se regula el honorario profesional del abogado del demandante en la suma de Bs. 2.000.- que mandará hacer efectivo el juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
